El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en ejercicio de las facultades contenidas en lo que establece el artículo 96.3 de la Constitución, depositó esta tarde en el Despacho del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, la Propuesta de Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial, cuya iniciativa tiene como propósito, establecer los principios y lineamientos que permitan el uso de los medios digitales en el entorno judicial, sin afectar las normas procesales vigentes.
Esta iniciativa contó con la aprobación unánime de los presentes en la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, de fecha 30 de septiembre de 2021.
La propuesta fue elaborada por la Comisión de Agenda Legislativa del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, integrada por los magistrados Luis Henry Molina Peña, quien la preside; Francisco Antonio Jerez, presidente de la Segunda Sala; Manuel Alexis Read, presidente de la Tercera Sala, Rafael Vásquez Goico, juez de la Tercera Sala y Napoleón Estévez Lavandier, juez de la Primer Sala.
Esta propuesta acoge principios cardinales como la celeridad, opcionalidad y estandarización de los servicios brindados por el Poder Judicial, bajo el compromiso constitucional configurado en el artículo 69 de la Carta magna.
El proyecto está dividido en cinco capítulos, tendentes a habilitar las plataformas digitales en los servicios de administración de justicia, las notificaciones por medios digitales, la firma digital y las audiencias virtuales. Esto, contemplando los principios de eficiencia, eficacia y coordinación en la gestión judicial que invitan al uso de la tecnología como instrumento para facilitar la interacción entre el Poder Judicial y sus usuarios.
El uso de los medios digitales brinda más opciones para los usuarios del sistema de administración de justicia: facilita el acceso, amplía la posibilidad de realizar trámites desde cualquier lugar y permite responder en menor tiempo las solicitudes.
El fortalecimiento de la administración de justicia a través de los medios digitales implica herramientas y soluciones tecnológicas para hacer más ágil y segura la operación. Además, implica acceso público a datos en línea de todos los servicios de justicia y aporta en la transparencia, debido a la trazabilidad del curso de los casos, desde su entrada hasta finalizado el proceso.
El Tribunal Constitucional dispuso, el pasado 14 de septiembre por medio de la sentencia TC/286/21, que los servicios judiciales virtuales debían ser regulados por ley, sin anular los procesos celebrados. En cumplimiento del orden constitucional dominicano y la sentencia antes señalada, el Poder Judicial optó por presentar la Propuesta de Ley de Uso de Medios Digitales para mantener los avances obtenidos en el sistema de justicia durante los últimos meses.